REFORMA EN LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE PROPIEDAD PRIVADA: IMPLICACIONES Y DESAFIOS EN EL ACTUAL PANORAMA JURÍDICO, POLÍTICO Y SOCIAL DE MÉXICO.
Contexto jurídico
El pasado 2 de septiembre de 2024, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la denominada “Reforma a la Constitución Política de la Ciudad de México en Materia de Propiedad Privada, Pública y Social”. Esta modificación significó la sustitución de uno de los principios rectores de la política de esa ciudad. Anteriormente, el artículo 3, numeral 2, inciso a) de la constitución local establecía el principio de respeto a la propiedad privada. A partir del 3 de septiembre de este año, dicho principio se remplazó por el respeto a la propiedad en los mismos términos del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En otras palabras, la reforma eliminó la referencia específica a la “propiedad privada” para asumir como principio constitucional el respeto a la propiedad en general, en los mismos términos que establece el Artículo 27 de la Constitución Federal.
¿Qué implica esta sustitución? En términos jurídicos, no representa la eliminación o desaparición de derechos ni abre nuevos mecanismos de expropiación de la propiedad. Se trata de la homologación del régimen patrimonial de bienes en la Ciudad de México con los principios y condiciones establecidas en la Constitución Federal.
Sobre la cuestión de la propiedad, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce la facultad del Estado para transmitir la propiedad de tierras y aguas a particulares, creando así la propiedad privada. Sin embargo, este derecho no es absoluto, sino que está limitado por su función social. Esto significa que la propiedad puede ser expropiada cuando exista una causa de utilidad pública.
Desde el año 1917, la Constitución Federal ha facultado a la nación para imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público. El derecho a la propiedad se encuentra limitado por su función social, permitiendo que, para satisfacer necesidades de utilidad pública de carácter económico, social, sanitario y/o estético, el Estado pueda expropiar bienes privados destinados a la prestación de servicios públicos o a la realización de obras en beneficio de la sociedad.
Contexto Político y social.
Esta reforma llevó a algunas personas y sectores a creer que el cambio en el texto de la Constitución de la Ciudad de México, significaba la desaparición de la propiedad privada o una posible facilidad para futuras expropiaciones sin justificación pública. En redes sociales, circularon afirmaciones de que la propiedad privada podría verse afectada o eliminada, vinculando el cambio a una agenda supuestamente socialista o comunista.
Hubo quienes compararon la situación con la de regímenes donde la propiedad privada es limitada o cuestionada, calificando el cambio como el “inicio de un comunismo” en México. Algunos mensajes sugirieron que la reforma facilitaría la expropiación de propiedades por el gobierno sin compensación justa, algo que causó preocupación en el sector inmobiliario ante la posible pérdida de seguridad jurídica.
Estas especulaciones se intensificaron por declaraciones de líderes políticos, como el entonces Jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama, quien vinculó la reforma con los principios de la Cuarta Transformación, enfatizando la “supremacía de lo público sobre cualquier interés particular”.
Asimismo, el funcionario de la “Cuarta Transformación”, afirmó: “estamos en riesgo en cualquier momento de que el actual Poder Judicial en algunas de sus instancias: Juzgados de Distrito, Tribunales o Suprema Corte, pueda interpretar nuestras normas constitucionales en favor de los grupos económicos más poderosos”. Expresando que la modificación no sólo es una reivindicación de poder soberano del pueblo sobre su territorio, sino que es, al mismo tiempo, un instrumento para reformar la sociedad.
A la par, la presidente de la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México, Martha Ávila Ventura, dijo que las reformas en materia de propiedad serán muy importantes para elaborar el Programa General de Ordenamiento Territorial. Es decir, para procurar el desarrollo integral de la ciudad durante los próximos años.
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Así, aunque la reforma no constituye un cambio que impacte directa e inmediatamente en la propiedad privada, la realidad es que genera nerviosismo tanto al inversionista inmobiliario como a la ciudadanía en general. Es un hecho que la reforma no promueve una expropiación de propiedad, sin embargo, el énfasis político en la función social de la propiedad y el marco ideológico de la Cuarta Transformación sugieren que el poder político pretende fortalecer su capacidad para intervenir en uno de los temas de gran valor social: la propiedad privada.
Por ahora no es posible vislumbrar el alcance específico que tendrá esta reforma. Sin embargo, es probable considerar que no será la última, debido a que, el contexto político actual así lo sugiere.
Un poder político que está llevando a cabo reformas a la Constitución Federal para asentar sus bases ideológicas; la construcción de apoyo legislativo para impulsar su agenda social y económica presentada como medidas a favor del intereses social y nacional; la fuerza política en los Estados y en sus legislaturas estatales; así como la transformación al Poder Judicial; son aspectos, procesos y consideraciones clave para suponer que, según la narrativa ideológica del actual poder político, vendrán futuras reformas con “acento social” sobre el concepto de "propiedad privada" en la Constitución, para ir dando lugar a nociones como la "propiedad pública" y "propiedad social", que impliquen el debilitamiento de la propiedad privada.
Estas posibles reformas podrían apuntar hacia un replanteamiento de los derechos de propiedad con énfasis en el beneficio colectivo, promoviendo modelos de propiedad que involucren a las comunidades y grupos sociales en el control y aprovechamiento de recursos. Aunado a ello, no sería extraño que estas reformas intenten justificar una redistribución de activos o una intervención estatal más pronunciada en sectores estratégicos de la economía, bajo el argumento de la equidad y el desarrollo social.
Con esta orientación, se anticipa un marco normativo en el que el Estado y ciertos grupos sociales adquieran facultades más amplias para gestionar recursos, limitando los derechos individuales sobre la propiedad privada en favor de un supuesto bien común. Este giro ideológico podría traer implicaciones significativas para el sector privado, planteando desafíos respecto a la autonomía de gestión y la protección de inversiones en un contexto donde la "propiedad social" podría comenzar a ocupar un lugar predominante en la política económica y de desarrollo del país.
Conclusiones.
La reforma a la Constitución Política de la Ciudad de México no supone en forma alguna la abolición a la propiedad privada. Sin embargo, esto no significa que el actual poder político no pretenda generar un cambio de gran magnitud en materia del régimen patrimonial de bienes.
Ante la incertidumbre legal que rige en el país, la batalla social consiste en vigilar que los derechos fundamentales protectores de la propiedad privada continúen vigentes. El artículo 27 de la Constitución Federal, en comunión con los diversos artículos 14 y 16 , establecen el derecho fundamental a la propiedad privada, así como sus restricciones y las garantías jurídicas que deben observar las autoridades en los tres niveles de gobierno, previo a restringir este derecho patrimonial.
Por consiguiente, les corresponderá a los sectores sociales y económicos mantenerse vigilantes y organizados para asegurar que las modificaciones propuestas no vulneren las garantías constitucionales relacionadas con la propiedad privada. Esta necesidad cobra mayor relevancia en un contexto político donde el país es gobernado por un movimiento político de corte marxista-socialista, cuyos principios ideológicos históricamente tienden a priorizar el interés colectivo sobre los derechos individuales, especialmente en lo que concierne a la propiedad y los recursos económicos.
Dado este panorama, resulta indispensable actuar preventivamente, alzando la voz desde todos los espacios posibles para proteger la propiedad privada como un derecho fundamental y como base del desarrollo económico y social. Esto incluye exigir transparencia y justificación técnica en cualquier iniciativa que implique modificar el régimen de propiedad, así como fortalecer los mecanismos de contrapeso democrático, tales como la participación ciudadana, los organismos autónomos y el poder judicial. Aunque este último es un bastión perdido, a causa de su reciente reforma constitucional.
Es esencial que los sectores económicos y sociales no solo reaccionen ante posibles afectaciones, sino que también se anticipen a ellas, promoviendo un marco de discusión pública que destaque la importancia de la propiedad privada para garantizar la estabilidad, la inversión y la generación de oportunidades. Sin esta acción preventiva, existe el riesgo de que se promulguen políticas que, bajo el pretexto de utilidad pública o justicia social, limiten desproporcionadamente los derechos patrimoniales, debilitando las garantías consagradas en los artículos 14, 16 y 27 de la Constitución Federal.
La defensa de la propiedad privada debe ser una prioridad colectiva, especialmente en un contexto donde el poder político puede buscar implementar cambios estructurales de gran magnitud. La participación activa de los ciudadanos y los sectores económicos no solo es una responsabilidad cívica, sino una estrategia necesaria para evitar un retroceso en las libertades fundamentales.
En el contexto volátil actual en México, y ante la presencia de un gobierno con posibles inclinaciones marxistas-socialistas, los propietarios pueden percibir un riesgo significativo sobre su capacidad de disponer libremente de sus bienes. Por ello, una póliza jurídica de arrendamiento es la mejor herramienta para proteger y brindar certeza patrimonial mediante un enfoque integral.
Esto incluye contratos sólidos adaptados al marco legal vigente, cobertura ante impagos y daños al inmueble, y asesoría especializada para enfrentar posibles expropiaciones o intervenciones gubernamentales, garantizando el acompañamiento legal en procedimientos que puedan derivarse de políticas públicas que afecten la propiedad privada.
Asimismo, es crucial incorporar estrategias para prevenir conflictos sociales, como invasiones o movilizaciones que puedan poner en riesgo los inmuebles. Complementado con la selección rigurosa de inquilinos, mecanismos de resolución rápida de disputas y educación constante sobre derechos y obligaciones, esta póliza permite a los propietarios operar con confianza y salvaguardar su patrimonio ante escenarios de incertidumbre.
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Categorias: Propiedad Privada, Eventos Tags: #Reforma, #PropiedadPrivada
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